1. Planificar y coordinar toda clase de actividades y proyectos turísticos de promoción.
2. Regular la constitución de centros y organizaciones de promoción propios.
3. Colaborar con las entidades federadas en sus respectivos programas de actuación y con los organismos turísticos de la Comunidad Autónoma, Cabildo y Ayuntamientos así como de otras entidades para el más solidario y eficaz desarrollo del turismo en el territorio insular.
4. Promover el estudio, conocimiento, divulgación, enseñanza y aplicación de todo proceso técnico, económico, social, cultural, ecológico, paisajístico, arquitectónico y formacional, urbanístico etc. Que contribuya al armónico desarrollo del turismo en todas sus formas y manifestaciones.
5. Representar y defender los intereses de las entidades federadas, en cuanto sea necesario para su más óptima realización, ante todos los poderes e instancias.
6. Establecer y facilitar los servicios de interés común que requieran las entidades federadas, cualesquiera otras que lo precisen y demanden.
7. Convocar y celebrar asambleas, congresos, conferencias, cursos, jornadas, etc..., para el estudio e investigación de los temas turísticos y para el progreso de las técnicas y métodos de formación y promoción.
8. Establecer y fomentar las adecuadas relaciones con entidades análogas regionales, nacionales e internacionales tendentes a propiciar recíprocas corrientes turísticas.
9. Crear, fomentar y/o adherirse a todo movimiento, actividad o entidad que promueva, fomente o impulse la potenciación social, promocional o formacional del turismo o de su infraestructura base.
10. Gestionar, promover y realizar cualesquiera otras acciones que pudieran contribuirá la magnificación del turismo en nuestro ámbito de actuación.